882 y 884, todos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León, para quedar como sigue: Artículo 780.- El Registrador Público de la Propiedad de la

MONTERREY N.L. primera de ellas-, por lo que se les concede valor probatorio pleno de acuerdo con los artículos 239 fracción II, 369 y 370 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León, atendiendo a su carácter de instrumentos públicos. Por lo que es el caso de tener acreditada la personalidad de la
LaPolítica Estatal en Materia de Igualdad entre mujeres y hombres establecerá las acciones conducentes para fomentar la igualdad sustantiva en los ámbitos, económicos, laborales, políticas, sociales y culturales. La Política Estatal que desarrolle el Ejecutivo del Estado deberá observar los siguientes lineamientos: ElHospital Universitario Dr. José Eleuterio González está ubicado en la colonia Mitras Centro, en la ciudad de Monterrey, Nuevo León. Cuenta con médicos especializados en una gama amplia de especialidades como: urología, ginecología, cirugía plástica, otorrrinolaringología entre otras. El Hospital Universitario Dr. José Eleuterio
CódigoCivil Estado de Nuevo León. Artículo 1. Las disposiciones de este Código regirán en el Estado de Nuevo León en Artículo 2. La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer Artículo 3. Las leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones de
Característicasdel contrato de permuta. El Código Civil Federal de México, en su artículo 2250, establece las condiciones bajo las cuales un acuerdo que implica el intercambio de bienes puede ser considerado como una venta o una permuta. Cuando el precio de la cosa vendida se establece para ser abonado en parte con dinero y en parte con el . 230 496 450 221 26 206 348 128

codigo civil de monterrey